REGLA RELIGIOSA.
Orden Trinitaria |
Existe un uso muy extendido de la
palabra<<regla>>para indicar, en general, el conjunto de leyes que
debe observar una Orden religiosa. Sin embargo, más estrictamente hablando,
este término se usó hasta el siglo XIII para denominar el texto legislativo
fundamental de cada Orden. El IV concilio de Letrán (1215) ordenó que los
nuevos institutos religiosos que surgieran en la Iglesia estuvieran obligados a
asumir una de las reglas aprobadas con anterioridad a esa fecha; de esta
manera, quien fundaba una nueva forma de vida religiosa, debía escoger una
regla de las ya aprobadas y a continuación redactaba unas Constituciones. Así, las
Reglas se respetaron por lo general como texto <<intangible>>;
mientras que se les añadieron unas Constituciones que normalmente eran
modificables con el pasar del tiempo y con las novedades y necesidades que se
fueran presentando. Por otra parte, es bueno notar que a partir del siglo XIII
los fundadores evitarán (normalmente) dar el nombre de <<regla>> a
las leyes que ellos hagan para sus seguidores, para evitar confusiones.
Una constante en la historia de la vida religiosa ha sido
considerar el Evangelio como verdadera y única regla de vida, punto central en
el magisterio de uno de los grandes padres de la vida consagrada, San Basilio
Magno. Por tanto, las reglas religiosas-y entre ellas, la trinitaria-son
explicitaciones del Evangelio para una comunidad religiosa, en que se recoge lo
singular y característico de cada experiencia carismática y se fija e
institucionaliza para la vida del respectivo instituto, perpetuando la voluntad
de la Iglesia y del fundador como herencia de identidad para sus hijos.
Desde un punto de vista sociológico, en una regla se
corresponde la necesidad de articular la vida de un grupo en torno a cinco
elementos fundamentales: ideal común, actividad de los miembros en beneficio
del grupo, interacción de los miembros, símbolos de pertenencia y normas; por
<<normas>> se entiende la codificación de las relaciones dentro del
grupo (pertenencia, finalidad, régimen…) y de las relaciones fuera del grupo,
es decir: con la Iglesia, con el mundo y con los destinatarios de la misión.
Una regla exige obligatoriedad de uniformidad de comportamiento, o sea:
aceptación unánime de los objetivos, de los medios, de los símbolos y de las
fundaciones para alcanzar los objetivos.
Tomado de: Cuaderno de Formación Trinitaria, del P. Pedro Aliaga, O.SS.T
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