domingo, 25 de agosto de 2013

LA REGLA TRINITARIA A TRAVÉS DE VIII SIGLOS DE HISTORIA

 HISTORIA DE LA REGLA TRINITARIA
Provincia Italiana
 
San Juan de Mata (1154ca.-1213), tras la decisión de fundar una nueva Orden religiosa con el título de la Santísima Trinidad y dedicada a la redención de los cautivos y otras obras de misericordia, logró abrir hasta tres casas de su nueva Orden (Cerfroid, Planels y Bourg-la-Reine) entre los años 1193ca.-1198. Las tres estaban geográficamente próximas a la ciudad de París.
El 8.1.1198 fue elegido Papa Lotario, de la familia condal de Segni, quien asumió el nombre de Inocencio III. Había estudiado en París, con lo cual es muy posible que conociera a Juan de Mata. El fundador de los trinitarios se presentó en Roma en mayo de 1198, con el fin de pedir al Papa la protección pontificia para sus tres casas; Inocencio III accedió, mediante la Bula Cum a nobis (16.5.1198). vuelto a París, Juan de Mata trabajó en la redacción de una regla de vida para su Orden, con el asesoramiento de Odón de Sully (Obispo de París) y de Absalón (abad de San Víctor de París), quienes habían sido requeridos para ello por el mismo Papa. El texto se mueve entre la novedad del proyecto de Juan de Mata y la continuidad con la tradición eclesial, formulando un estilo de vida con profundas raíces que se hunden en la Sagrada Escritura, en los Padres de la Iglesia, en los concilios y legislación de la vida religiosa.
En diciembre de 1198, Juan de Mata regresó a Roma y presentó a Inocencio III el texto que había redactado. Tras el oportuno examen, anotaciones, preguntas y añadiduras, el Papa aprueba la redacción final, que es enviada a la cancillería para ser expedida como texto pontificio. Se trata de la Bula Operante divine dispositionis (17.12.1198), dirigida <<a los amados hijos Juan, ministro y a los hermanos de la Santa Trinidad>>, en la que se les concede <<la Regla según la cual han de vivir, cuyo tenor nos comunicaron los mencionados obispos y abad en sus cartas… y con lo que, según disposición nuestra y petición tuya, hijo, ministro, hemos creído oportuno añadir>>.
Curia General
 
La Bula consta de un prólogo, en que el Papa explica brevemente el proceso de aprobación y las razones por las que se aprueba la Regla; a continuación se incluye el texto íntegro de la Regla Trinitaria, que en las ediciones modernas se suele dividir en 40 artículos numerados para facilitar su estudio y citación; la bula se concluye con algunas fórmulas de cancillería y con la datación. El texto de la Bula ha llegado hasta nosotros gracias a que fue registrado en su integridad (es decir, se copió por entero) en uno de los volúmenes (el cuarto) de los Registros Vaticanos. Se conserva en el Archivo Secreto Vaticano. El texto original de la Regla de San Juan de Mata aprobado por Inocencio III es conocido en la tradición de la Orden con el nombre de Regla Primitiva.
La Regla Trinitaria fue redactada cuando la Orden contaba aún con pocos religiosos y con sólo tres casas, en un área geográfica muy restringida. Con el tiempo, y al compás de la rápida expansión de la Orden, fueron surgiendo inevitables dificultades en la aplicación práctica de algunos artículos, que debieron ser modificados mediante intervenciones de Honorio III (1217 y 1220) y de Alejandro IV (1255). Finalmente, el Papa Clemente IV mediante la Bula In ordine vostro (7.12.1267) aprobó una versión de la Regla Trinitaria en la que se habían modificado algunos puntos respecto a la primitiva. Tradicionalmente se la conoce como Regla Clementina o Regla mitigada. Estuvo en vigor entre los trinitarios Calzados hasta su desaparición (1894).
San Juan Bautista de la Concepción (1561-1613) organizó la identidad de la reforma de la Orden (es decir, de la Descalcez) en torno a la observancia de la Regla Primitiva, que fue asumida como propia por los descalzos. El Papa Urbano VIII aprobó una nueva adaptación de la Regla Trinitaria, en la que se habían modificado algunos puntos; fue promulgada mediante la Bula Salutaribus Apostoli monitis (25.9.1631). Se la conoce como Regla Urbaniana o de los Descalzo. Por tanto, no se trata de tres reglas diferentes, sino de una única Regla primitiva con dos versiones en las que se incluyeron algunas innovaciones. Como ha sucedido generalmente en todas las Ordenes religiosas antiguas, la Regla Trinitaria ha constituido el texto fundamental de referencia para la vida de la Orden, adquiriendo cada vez más una valencia espiritual, al paso que la mayor parte de las prescripciones materiales iban quedándose obsoletas. La vida de las personas, de las comunidades y de las instituciones se ha ido regulando mediante estatutos o constituciones que se han ido modificando con el tiempo y según lo han requerido las circunstancias. Así, todos los religiosos, a la hora de hacer su profesión religiosa, hacen voto de vivir los consejos evangélicos <<según la Regla y Constituciones de la Orden de la Santísima Trinidad y de los cautivos>>.
Tomado de: Formación Trinitaria "La Regla de los Trinitarios" del P. Fr. Pedro Aliaga Asensio, O.SS.T.

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